LEY DE HACIENDA DEL MUNICIPIO DE AGUASCALIENTES,
AGUASCALIENTES
ARTICULO 64
(F. DE E., P.O. 5 DE ABRIL DE 2010)
El valor de operación será la base para el pago del impuesto cuando se trate de:
- Vivienda de tipo popular
De interés social o
Lotes individualizados que estén destinados a la edificación de una vivienda de la misma naturaleza
Siempre que se encuentre en fraccionamientos autorizados como de tipo popular o de interés social, cuya superficie de terreno sea inferior a 120m2 y la construcción no sea mayor de 78m2.